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CUSTODIA VS REGIMEN DE CONVIVENCIAS:

CUSTODIA VS REGIMEN DE CONVIVENCIAS



¿Quién debe de tener la custodia? ¿quién debe de tener el régimen de visitas y convivencia?


Los derechos de convivencia con los menores hijos, deben atender siempre a su mejor interés, es decir que sus derechos fundamentales de los niños como lo es el derecho a la escuela, a la salud, a la alimentación y la vivienda se vean garantizados.


Cuando los padres tienen un conflicto personal y deciden ya no hacer vida marital o en unión libre, surge la necesidad de decidir quien ejercerá la custodia de los niños y quien ejercerá un régimen de convivencias.
Para entender la custodia en términos simples, es quien de los padres se hará cargo la mayor parte del tiempo de los menores durante la semana, es decir el padre que se encargue de la custodia deberá llevar a los menores hijos a la escuela, estar pendiente de sus actividades diarias, y tendrá un grado de responsabilidad mayor en el manejo y cuidado de los hijos. Por consecuencia el padre custodio ejerce mayor gasto en el cuidado de los hijos y es por esto que la ley le hace acreedor a recibir una pensión alimenticia en favor de sus hijos a cargo del padre que no tiene la custodia y ejercerá únicamente un régimen visitas y de convivencia.


En el interés superior del menor se encuentra que lo mejor es que no sea separado de su padres, pero en caso de que se inicie un proceso de divorcio o se termine la unión libre, deberán estos últimos ponerse de acuerdo en quien vera a los hijos dos o tres días a la quincena o por semana, es decir no existe un mínimo o un máximo, pero en caso de no ponerse de acuerdo los padres un juez de lo familiar decidirá por ellos en una controversia del orden familiar que se suscite o en el proceso de divorcio.


Suele suceder que uno de los padres aun resentido por la separación quiere evitar a toda costa que el otro padre conviva con sus hijos, sin embargo afecta al menor el no poder convivir con sus padres, y la única forma en que se deberá restringir este derecho es si uno de los padres pudiera poner en riesgo la salud física y/o mental de sus hijos por descuido o trato negligente, malos tratos o explotación.


Los padres deben dejar a lado sus diferencias en cuanto a decidir lo mejor para sus hijos, puesto que son estos quienes resienten mas los cambios emocionales, económicos y de convivencia que surgen con la separación de los padres y son por ende los mas perjudicados, es por esto que para una sana convivencia entre los miembros de la familia se debe intentar resolver dichas diferencias con terapia profesional que logre armonizar una convivencia para el futuro entre los padres y sus hijos.


Cuando no se puede llegar a un acuerdo respecto a la custodia y convivencia, deberá el juzgador de lo familiar ser cauteloso y explorar todos los recursos a su alcance para determinar quien deberá ejercer la custodia y quien deberá ejercer el régimen de convivencias, tomándole la opinión al menor, ordenando los estudios psicológicos y socioeconómicos entre otros que se considere necesarios y cualquier otra medida que beneficie el interés superior de la niñez.

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